Perdió la visión de un ojo tras una cirugía de cataratas y demandó al médico por $56 millones: la justicia rechazó el reclamo

Una mujer de 70 años denunció mala praxis luego de quedar sin visión en el ojo izquierdo tras una intervención quirúrgica. Sin embargo, una jueza consideró que no se acreditó negligencia del profesional y rechazó la demanda por daños y perjuicios. La paciente todavía puede apelar.

Una mujer de 70 años que perdió completamente la visión de su ojo izquierdo después de someterse a una cirugía de cataratas demandó al oftalmólogo que la atendió por poco más de 56 millones de pesos. Sin embargo, la Justicia rechazó el reclamo al considerar que no existieron pruebas suficientes para demostrar una mala praxis médica.

La sentencia fue dictada por la jueza Adriana Tettamanti, del fuero Contencioso Administrativo, quien analizó la historia clínica, los estudios médicos y las pericias incorporadas al expediente.

El caso comenzó cuando la paciente, que tenía 66 años al momento de la primera consulta, acudió al oftalmólogo por problemas de visión. Tras examinarla, el profesional constató que presentaba cataratas en ambos ojos, con un cuadro más avanzado en el izquierdo.

Ante ese diagnóstico, recomendó una intervención quirúrgica, ya que el uso de lentes no resultaría suficiente para solucionar el problema.

La operación se realizó el 12 de agosto de 2022 y, aunque inicialmente se informó que había salido bien, posteriormente la mujer sufrió la pérdida total de la visión del ojo izquierdo. Por ese motivo, decidió iniciar una demanda contra el médico Juan Carlos Rocco.

Qué tuvo en cuenta la Justicia

Durante el proceso se incorporó una pericia realizada por otra especialista en oftalmología, quien confirmó que se habían cumplido los protocolos correspondientes para una cirugía de cataratas.

Además, explicó que la descompensación de la córnea que sufrió la paciente es una complicación reconocida y descripta en la literatura médica.

La magistrada también tuvo en cuenta que la clínica donde trabajaba el profesional contaba con el equipamiento necesario para realizar la intervención y tenía la habilitación correspondiente del Ministerio de Salud.

Otro elemento considerado fue el seguimiento posterior a la operación. Según consta en el expediente, la mujer realizó controles durante los tres días siguientes a la cirugía, pero luego dejó de concurrir al consultorio.

Desde la clínica intentaron comunicarse telefónicamente con ella en tres oportunidades durante ese mes para que regresara a los controles. La paciente respondió que se encontraba bien, que asistiría más adelante y que esperaba terminar las gotas recetadas.

En ese contexto, la jueza sostuvo que el médico había realizado los estudios necesarios, informado el diagnóstico y explicado la recomendación de operar. También señaló que, hasta el último control efectuado, no se habían registrado complicaciones.

Por qué rechazaron la demanda

En su resolución, Tettamanti explicó que para atribuir responsabilidad profesional a un médico es necesario demostrar que existió culpa, negligencia, impericia o imprudencia en su actuación.

La magistrada recordó que la obligación de los profesionales de la medicina es de medios y no de resultados. Esto significa que deben actuar con diligencia y conforme a las reglas de su profesión, pero no pueden garantizar una curación o un resultado determinado.

En esa línea, destacó que la pérdida de visión, por sí sola, no alcanza para demostrar que existió una mala praxis.

Finalmente, concluyó que las pruebas incorporadas a la causa no permitían acreditar un comportamiento negligente del oftalmólogo y resolvió rechazar la demanda por daños y perjuicios.

La mujer todavía tiene la posibilidad de apelar la sentencia a través de su abogado, según indicaron fuentes judiciales.

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