Mano dura. El Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) intimó a los beneficiarios de un préstamo de asistencia financiera parcial individual otorgado para la construcción de una vivienda y/o ampliación de la misma, de acuerdo a lo que señalaron en una resolución que salió publicada en el Boletín Oficial.
Los intimados por el IPV tendrán un plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la publicación, procedan a efectivizar el monto total adeudado en concepto de cuotas de amortización vencidas e impagas con más los intereses que correspondieren de conformidad a lo pactado en los respectivos contratos de mutuo hipotecario oportunamente suscriptos con el IPV.
A tales efectos, los intimados por el organismo deberán presentarse en ese plazo ante el área administrativa y gestión, división de cobros del IPV entre piso norte, edificio del Centro Cívico en horario de 8 a 12.

En caso de incomparecencia se declararán vencidos todos los plazos remitiéndose las actuaciones a Fiscalía de Estado a los fines del inicio de las acciones judiciales correspondientes, la ejecución de la hipoteca constituida y el remate de la vivienda.

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