El Gobierno nacional presentará este miércoles la nueva Ley de Inocencia Fiscal, una de las principales apuestas del Ministerio de Economía para incentivar que los dólares que permanecen fuera del sistema formal ingresen a la economía.
El anuncio estará a cargo del ministro de Economía, Luis Caputo, y el proyecto será enviado este jueves a la Cámara de Diputados para iniciar su tratamiento legislativo.
La iniciativa fue modificada luego de un trabajo conjunto entre el equipo económico, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y especialistas tributarios, tras las observaciones que había recibido la versión original sobre requisitos de adhesión, operaciones inmobiliarias y facultades del organismo recaudador.
Uno de los cambios centrales es la eliminación de los límites de ingresos y patrimonio que inicialmente restringían el acceso al régimen. De esta manera, podrán incorporarse todas las personas con residencia fiscal en Argentina que no formen parte de la categoría de Grandes Contribuyentes Nacionales.
El proyecto mantiene además el denominado “tapón fiscal”, una herramienta que busca impedir que ARCA cuestione el origen de los fondos por incrementos patrimoniales, siempre que los contribuyentes cumplan con las condiciones establecidas.
Compras de inmuebles y pagos en efectivo
Entre las modificaciones incorporadas se encuentra una aclaración vinculada a las operaciones inmobiliarias. El proyecto establece que los pagos en efectivo declarados en escrituras públicas no harán perder los beneficios del régimen.
La medida apunta especialmente a las compraventas realizadas con dólares físicos y busca dar mayor previsibilidad a compradores y vendedores.
También se suma una disposición para que la adhesión al régimen sea considerada un antecedente favorable por bancos, escribanos y otros sujetos obligados al aplicar controles de la Unidad de Información Financiera (UIF).
Nuevos límites para los controles de ARCA
La iniciativa redefine las facultades del organismo recaudador y establece que ARCA deberá acreditar diferencias significativas entre lo declarado por el contribuyente y lo detectado durante una fiscalización.
El criterio general será considerar relevante una inconsistencia cuando supere el 15%, aunque se contemplan excepciones para desvíos menores.
Además, los contribuyentes tendrán un plazo de 15 días hábiles para corregir su declaración y pagar las diferencias correspondientes, manteniendo los beneficios del régimen si cumplen con ese procedimiento.
Según datos oficiales, más de 330.000 contribuyentes ya se registraron en el Régimen de Declaración Jurada Simplificada. De ese total, más de 170.000 completaron el trámite y cerca de 99.000 mantienen sus presentaciones en borrador.
En paralelo, el Gobierno prorrogó hasta el 27 de agosto el vencimiento para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias, con el objetivo de que los contribuyentes puedan conocer el alcance definitivo de la reforma antes de adherir.

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