El municipio de Pocito puso en vigencia una ordenanza que crea el Registro de Incumplidores Contravencionales, una herramienta institucional destinada a identificar a quienes incumplen sanciones impuestas por el Juzgado de Faltas y permanecen en estado de rebeldía.
La normativa, publicada en el Boletín Oficial, establece la creación formal del registro dentro del ámbito municipal, bajo la órbita del Juzgado de Faltas, y fija los criterios generales para su funcionamiento, alcance y finalidad. El objetivo central es que las sanciones contravencionales no queden sin consecuencias prácticas y tengan un cumplimiento efectivo.
En diálogo con Diario 13, el juez de Faltas de Pocito, Sergio Martín Escamilla, explicó que la ordenanza surge ante la necesidad de respuestas inmediatas frente a faltas que afectan la convivencia. “Hay cuestiones que suceden y tienen que ser inmediatas. La inmediatez la tienen la policía y el Juzgado de Faltas. Estamos hablando de contravenciones; si hay delito, interviene el Ministerio Público Fiscal”, aclaró.
Escamilla destacó además que se trata de una iniciativa inédita en el país. “El registro es inédito. He hablado con juzgados de faltas de Buenos Aires y del resto del país y no existe algo así”, sostuvo.
El texto de la ordenanza establece que el registro alcanza tanto a personas físicas como jurídicas, es decir, vecinos, no vecinos y empresas, siempre que mantengan o pretendan mantener algún vínculo con el Estado municipal. “No solo cometen faltas los vecinos. Esto es para cualquiera que esté vinculado con el Estado municipal”, explicó el magistrado.
Según el espíritu de la norma, quienes figuren en el Registro de Incumplidores Contravencionales no podrán establecer vínculos con el municipio mientras mantengan la situación de incumplimiento. Esto incluye, entre otras restricciones:
• Ser contratados por el Estado municipal
• Acceder a funciones públicas
• Actuar como proveedores del municipio
• Gestionar habilitaciones u otros trámites administrativos
“¿Por qué una persona que no cumple ninguna norma después puede ocupar una función pública o ser contratada por el Estado municipal? Ese es el espíritu de esta ordenanza”, remarcó Escamilla.
La normativa también contempla casos empresariales. “Si una empresa deja una obra inconclusa, es sancionada y se declara en rebeldía, no puede seguir siendo proveedora del municipio”, ejemplificó el juez.
Escamilla fue enfático al diferenciar a quienes regularizan su situación de quienes no lo hacen. “Hay gente que viola la norma, pero después paga la multa o cumple la sanción. Eso es gente que cumple. El registro es para los que no cumplen y se mantienen en rebeldía absoluta”, explicó.
La ordenanza establece que la inscripción en el registro tendrá una vigencia de cinco años, aunque la situación puede regularizarse si el infractor cumple con la sanción correspondiente. “Es una forma de presión institucional para que sí o sí cumplan”, indicó.
Finalmente, el juez de Faltas señaló que el registro busca corregir una falencia histórica en el sistema contravencional. “Las contravenciones suelen ser económicas y el municipio tiene que salir a ejecutar multas, algo que no siempre se hace porque es antipático. El Ejecutivo está más en lo político; nosotros tenemos la cabeza puesta en ordenar”, concluyó.

Comentarios