La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el pedido de prisión domiciliaria presentado por el empresario Lázaro Báez, quien había solicitado cumplir su condena fuera de la cárcel debido a su estado de salud y a la situación médica de su pareja.
La decisión fue adoptada por mayoría por los jueces Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, quienes concluyeron que no existen motivos excepcionales que justifiquen reemplazar el cumplimiento de la pena en una unidad penitenciaria.
Durante el análisis del caso, el tribunal evaluó informes médicos que indican que Báez padece diversas enfermedades crónicas, entre ellas hipertensión, diabetes tipo 2, EPOC, obesidad leve y un adenoma de colon con displasia de alto grado.
No obstante, los magistrados señalaron que esas patologías están siendo atendidas de manera adecuada dentro del establecimiento penitenciario donde permanece alojado y que su estado de salud no amerita el otorgamiento de la prisión domiciliaria.
Además, remarcaron que este tipo de beneficio constituye una medida excepcional y recordaron la gravedad de los delitos por los que fue condenado, vinculados a hechos de corrupción que afectaron al patrimonio público.
La defensa del empresario había sostenido que el encierro deterioró su salud y denunció demoras en distintos tratamientos médicos, entre ellos el seguimiento posterior a la extirpación de un tumor premaligno de intestino y controles vinculados a la diabetes.
Lázaro Báez cumple una pena unificada de 15 años de prisión por las condenas recibidas en las causas “Vialidad” y “la ruta del dinero K”, por delitos de administración fraudulenta y lavado de activos.

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