La Corte rechazó una queja presentada en una causa judicial al advertir errores formales en el planteo, aunque previamente había requerido documentación a las distintas oficinas intervinientes con el objetivo de “no cercenar el derecho al recurso y no incurrir en un excesivo rigor formal”. Pese a ello, la ausencia de elementos clave fue uno de los fundamentos centrales para emitir el rechazo.
En el detalle del escrito, los magistrados señalaron que los abogados incurrieron en un error al momento de plantear la queja, ya que dirigieron erróneamente los fundamentos de la vía casatoria. Según se desprende de la resolución, cuestionaron la sentencia dictada el 8 de octubre de 2024 por el Tribunal de Impugnación integrado por los Dres. Heredia Zaldo y Correa Patiño, y la Dra. Rosso, cuando en realidad debían impugnar el fallo emitido por el Tribunal de Impugnación revisor el 28 de abril de 2025.
La Corte remarcó que esta confusión surge claramente de la presentación recursiva, al hacer referencia a un “voto en disidencia” y mencionar a la Dra. Rosso, quien no integra el tribunal revisor que dictó la resolución cuestionada.
Finalmente, al efectuar el planteo ante la Corte, los abogados Moine y Gallastegui dejaron expresa reserva de acudir a la Justicia Federal, con la intención de llevar el caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para que sea ese máximo tribunal el que analice la causa.

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