El Gobierno estableció nuevas condiciones para atender a extranjeros sin residencia permanente en hospitales nacionales

La medida fue oficializada este martes mediante la Resolución 1066/2026. Las emergencias deberán ser atendidas sin importar la nacionalidad o la situación migratoria.

El Ministerio de Salud de la Nación aprobó un nuevo procedimiento para la atención de personas extranjeras que no tengan residencia permanente en la Argentina y necesiten asistencia en establecimientos sanitarios administrados por el Estado nacional.

La medida quedó formalizada mediante la Resolución 1066/2026, firmada por el ministro de Salud, Mario Lugones, y publicada este martes 11 de agosto. El nuevo esquema se enmarca en las modificaciones introducidas durante 2025 a la Ley de Migraciones.

La normativa establece una diferencia entre las emergencias sanitarias y aquellas prestaciones que no revisten carácter de urgencia.

En caso de una emergencia, ninguna persona extranjera podrá ser rechazada ni sufrir restricciones en la atención debido a su nacionalidad o situación migratoria. La obligación de brindar asistencia en estos casos se mantiene vigente.

En cambio, para las personas extranjeras que no cuenten con residencia permanente y requieran una atención que no sea de emergencia, el acceso a la prestación habitual quedará sujeto a la presentación de un seguro de salud que cubra el servicio o al pago previo de la atención, de acuerdo con las condiciones establecidas por el Ministerio de Salud.

La resolución también establece un mecanismo administrativo destinado a recuperar los costos de las prestaciones brindadas bajo este régimen.

Para ello, se definieron dos circuitos de cobro: uno mediante el seguro de salud de la persona atendida y otro a través del cobro directo cuando el paciente no cuente con cobertura.

Desde el Gobierno nacional señalaron que la medida apunta a ordenar la facturación y la recuperación de los gastos derivados de determinadas prestaciones realizadas en hospitales nacionales.

De todos modos, la normativa mantiene sin cambios la obligación de brindar atención ante situaciones de emergencia, independientemente de la nacionalidad o condición migratoria del paciente.

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