El Gobierno eliminó temporalmente las retenciones a las exportaciones de acero y aluminio

La medida, publicada en el Boletín Oficial, fija en 0% los derechos de exportación para productos del sector industrial que enfrenten aranceles de importación superiores al 45% en otros países. Regirá hasta fin de año.

El Gobierno nacional oficializó la eliminación temporal de las retenciones a las exportaciones de acero, aluminio y productos derivados, a través del Decreto 726/2025 publicado este miércoles en el Boletín Oficial.

 

La normativa establece que el Derecho de Exportación (D.E.) será del 0% para los productos industriales del sector que se exporten a países que, al momento de entrada en vigencia de la medida, apliquen aranceles de importación “ad valorem” iguales o superiores al 45%.

 

La disposición tendrá vigencia entre el 9 de octubre y el 31 de diciembre de 2025, o hasta que los países de destino reduzcan los aranceles mencionados, lo que ocurra primero.

 

Desde el Poder Ejecutivo explicaron que la decisión busca fortalecer la competitividad y capacidad exportadora del sector metalúrgico argentino, alineando la política comercial “con los principios de libertad y apertura económica” impulsados por el Gobierno de Javier Milei.

 

En los considerandos, la Casa Rosada remarcó que Argentina posee capacidades productivas relevantes en las industrias del acero y el aluminio, y que en los últimos años diversos países aplicaron altos aranceles que limitaron el acceso de esos productos al comercio internacional.

 

Frente a ese escenario, el Gobierno consideró necesario adoptar medidas de compensación para proteger a las empresas exportadoras locales de los efectos del proteccionismo extranjero.

 

 

 

Productos alcanzados por la eliminación de retenciones

 

Entre los códigos arancelarios incluidos en el decreto se encuentran:

 

72.08: Laminados planos de hierro o acero sin alear, en caliente, sin chapar ni revestir.

 

72.09: Laminados planos de hierro o acero sin alear, en frío, sin chapar ni revestir.

 

72.10 al 72.12: Laminados planos en distintas medidas, chapados o revestidos.

 

72.24 al 72.26: Aceros aleados en formas primarias y laminados planos.

 

73.04: Tubos y perfiles huecos sin soldadura, de hierro o acero.

 

76.01 al 76.07: Productos de aluminio en bruto, barras, alambres, chapas y tiras.

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