Discapacidades físicas y cognitivas, el derecho al voto según la ley

El Código Electoral solo hace referencia al ejercicio del derecho a votar para las personas con discapacidades físicas o motoras.

La viralización del voto de la hija del candidato a gobernador de Córdoba, Luis Juez, quien padece una enfermedad degenerativa, hizo que muchas personas se cuestionaran la legalidad de la emisión de su sufragio debido a su discapacidad. En el caso de San Juan, el Código Electoral de la provincia hace referencia solo a las discapacidades físicas y deja un vacío en relación con las cognitivas. Sin embargo, la Ley Nacional 26.994 plantea que todas las personas tienen capacidad jurídica, es decir, la posibilidad de ser titular de derechos y deberes, hasta que una resolución judicial ordene lo contrario. En la previa de las elecciones del 2 de julio en San Juan, vale aclarar que ante cualquier duda, y sin una definición certera, todos tienen derecho a votar con asistencia en la provincia.

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