Avanza la investigación contra la AFA por presunta retención indebida de aportes por $19 mil millones

La causa que investiga a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) por presunta retención indebida de impuestos y aportes patronales sumó este martes nuevas declaraciones testimoniales consideradas relevantes, mientras el juez en lo Penal Económico Diego Amarante analiza un pedido de sobreseimiento presentado por la defensa de la entidad y sus directivos.

Entre los imputados se encuentra el presidente de la AFA, el sanjuanino Claudio “Chiqui” Tapia, junto al resto de la comisión directiva.

Una de las testigos convocadas fue la gerente de Control y Administración de la AFA, Mónica Bouvet, quien declaró durante casi tres horas en el juzgado ubicado en avenida de los Inmigrantes. La citación estuvo vinculada a la operatoria de la cuenta de la institución en el Banco Credicoop, luego de que el magistrado recibiera informes sobre fondos disponibles que podrían haber sido utilizados para cancelar los aportes reclamados por ARCA.

Según la denuncia, se trata de unos $19 mil millones correspondientes a distintos períodos entre 2024 y 2025 que habrían sido retenidos pero no depositados dentro del plazo legal de 30 días. Tras la declaración de Bouvet, también prestó testimonio otra integrante del área administrativa de la entidad.

La fiscalía imputó a Tapia y a toda la conducción de la AFA. La defensa, en cambio, sostiene que no existió delito y que se trata de una cuestión administrativa, por lo que solicitó el cierre de la causa. Sin embargo, el planteo fue rechazado tanto por el fiscal Claudio Navas Rial como por la querella de ARCA, que pidieron continuar con la investigación.

Tras el levantamiento del secreto bancario, la Justicia detectó una contradicción clave: durante los períodos investigados, la AFA contaba con importante liquidez. Según el expediente, la institución mantenía saldos superiores a los $8.000 millones en cuentas a la vista, además de colocaciones en plazos fijos en dólares.

Para la fiscalía, este dato refuerza la hipótesis de retención indebida, ya que la entidad habría tenido capacidad financiera para cumplir con los pagos. En este tipo de delitos, lo que se sanciona es retener fondos que no pertenecen al agente de retención —como impuestos de terceros o aportes de empleados— teniendo posibilidad de depositarlos.

Los abogados de Tapia argumentaron que resoluciones del Ministerio de Economía suspendieron ejecuciones fiscales contra clubes, por lo que el Estado no estaría habilitado a exigir el cobro penalmente. El fiscal Navas Rial rechazó esa interpretación y sostuvo que el vencimiento de las obligaciones genera una deuda exigible, independientemente de medidas administrativas.

También advirtió que aceptar el planteo de la AFA implicaría una “gravedad institucional”, ya que una resolución administrativa no puede dejar sin efecto la aplicación del Código Penal.

Con las últimas testimoniales incorporadas, el juez Amarante quedó en condiciones de decidir si hace lugar al pedido de sobreseimiento o si la investigación continuará con nuevas medidas de prueba.

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