Rápidamente los interceptaron y apresaron a los conductores de estos vehículos . Los mismos fueron identificados con sus apellidos, Márquez y Carrascosa, ambos de 19 años.
Los mismos fueron dirigidos a comisaría 18va en calidad de arrestados y se les dictó una contravención por disposición del Juzgado de Paz de Albardón. Quedaron vinculados al Expediente 128/24 por infringir el Artículo 113, Inciso A de la Ley 941-R.
Picadas en Albardón: ¿Qué dice el Artículo 113, Inciso A de la Ley 941-R?
ARTÍCULO 113.- Actos turbatorios y desórdenes: Será sancionado, conjunta o alternativamente, con pena de multa de trescientos jus (300 J) a quinientos jus (500 J), instrucciones especiales, trabajos de utilidad pública, clausura o arresto de hasta treinta (30) días:
- a) El que anunciando desastres, infortunios o peligros inexistentes provoque alarma en lugar público o abierto al público, de modo que pueda llevar intranquilidad o temor a la población
Fuente: Tiempo de San Juan

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