Incluirán a privados, porteros y patovicas en la ley de vigilancia en San Juan

Los diputados sanjuaninos pondrán la lupa en la reforma de la normativa que regula al personal de seguridad. Hará una distinción entre los que presten servicios privados y los patovicas que están en boliches.

La Cámara de Diputados de San Juan modificará la Ley de Vigilancia para incorporar a los trabajadores de la seguridad privadaporteros y patovicas, de acuerdo a lo que expresaron con el despacho favorable de comisión. Esto fue remitido por el Poder Ejecutivo y será debatido este jueves 6 de octubre en el recinto parlamentario.

El texto de la actual Ley 926-R será modificado por uno nuevo que contempla 35 artículos y uno específicamente que establece la forma. Esta normativa surgió hace 16 años y era necesario acomodarla a la realidad actual. Las actividades dentro de la seguridad privada fueron incrementándose cada vez  más y hubo diversificación de servicios no contemplados.

El proyecto propone una reforma en la que se mantiene la misma estructura. Aborda modificaciones necesarias con el fin de adaptar la misma a las exigencias actuales. Para lograr el fin último, el Estado debe, fundamentalmente, velar por la protección a ese personal. Es por ello que surgió la idea de cambiar la normativa de base.

La Comisión Directiva de la Cámara de Empresas de Seguridad de San Juan, la Policía y la Secretaría de Seguridad conformaron una comisión de trabajo en donde plantearon la necesidad de ajustar y actualizar la normativa para las nuevas formas de contratación. El proyecto mantiene la misma estructura de 36 artículos reunidos en catorce títulos.

Más allá de contemplar rubros que antes estaban difusos, los legisladores ocuparán una terminología adecuada para cada actividad que se desarrolla dentro de la vigilancia. En el caso de la seguridad privada, lo limitarán a las actividades de custodia y guardia de personas y bienes en lugares fijos.

La definición de seguridad privada será diferente de los trabajadores que se encargan de los locales bailables o de diversión nocturna, que estarán contemplados en los incisos b y d. Al mismo tiempo, habrá una distinción clara con respecto a los porteros. Estos últimos, cumplen sus labores tanto de día como de noche, por lo que será bajo la modalidad de serenos. Esto también es importante establecerlo debido al crecimiento que mostró San Juan en cuanto a la cantidad de barrios privados.

Mantendrán la regulación de la actividad de instalación de alarmas y sistemas de monitoreo. Estos tendrán una adecuación al concepto de la prestación de servicio de vigilancia por medios electrónicos. También habrá un destacado especial para los trabajadores que cumplan funciones en locales destinados a eventos o fiestas ocasionales.

Comentarios