Más de un año después del violento accidente que conmocionó a San Juan, la Justicia tomó una decisión que vuelve a poner el caso en el centro de la escena: la Unidad Fiscal de Delitos Especiales resolvió prescindir de la acción penal pública contra Fabricio Gabriel Gioja Gilabert, nieto del exgobernador José Luis Gioja.
La resolución fue firmada por el fiscal Sebastián Gómez el 29 de septiembre de 2026 y dispone la aplicación del denominado criterio de oportunidad, una herramienta prevista por la legislación procesal que permite al Ministerio Público Fiscal prescindir de la persecución penal en determinadas circunstancias.
El caso se remonta al 6 de julio de 2025, cuando alrededor de las 6 de la mañana una Toyota Hilux conducida por Gioja chocó contra un Peugeot 308 en la intersección de Maipú y General Acha, en Capital.
En aquel momento, el siniestro tuvo una fuerte repercusión pública debido a la gravedad de las lesiones sufridas por Elías Rodrigo Peze López y también por la identidad del conductor de la camioneta, nieto del exgobernador sanjuanino José Luis Gioja. Medios locales informaron entonces que el test de alcoholemia realizado a Gioja había arrojado 0,98 gramos de alcohol por litro de sangre.
Un choque que dejó a un joven gravemente herido
De acuerdo con los elementos incorporados al expediente, Gioja circulaba por calle Maipú y, al llegar a General Acha, se produjo la colisión con el Peugeot 308 conducido por Peze López.
El joven sufrió lesiones de extrema gravedad y fue trasladado al Hospital Rawson.
El cuadro inicial incluyó traumatismo encéfalo craneano con contusión hemorrágica, fractura de cráneo y órbita ocular, traumatismo facial con múltiples fracturas, traumatismo cerrado de tórax con hemorragia interna y politraumatismo grave.
Debido a la gravedad de las lesiones, permaneció internado en terapia intensiva y fue sometido a coma inducido. Posteriormente evolucionó favorablemente y salió de terapia intensiva después de 18 días, aunque su recuperación demandó un proceso prolongado.
En el expediente judicial consta además que un médico legista determinó 60 días de incapacidad para la víctima.
La Fiscalía consideró que no había “imprudencia grave”
La investigación incorporó actas policiales, inspecciones, documentación médica, historia clínica, informes de Policía Científica, pericias accidentológicas, documentación de los vehículos, evidencia digital, resultados de alcoholemia y detección de estupefacientes, entre otros elementos.
Sin embargo, tras analizar las pruebas reunidas, el fiscal Sebastián Gómez consideró que no existían elementos suficientes para sostener una conducta de “imprudencia grave” que justificara continuar con la acción penal pública.
La resolución menciona, entre los fundamentos para aplicar el criterio de oportunidad, la consideración de una “escasa lesividad”, la ausencia de interés social comprometido y la falta de elementos de convicción que evidenciaran “grave imprudencia o temeridad” en la conducción.
La decisión, por lo tanto, no significa que la investigación nunca haya existido ni que el accidente haya quedado sin analizar. La Fiscalía llevó adelante distintas medidas y pericias antes de resolver no continuar con la persecución penal pública.
Una propuesta de USD 10.000 que la víctima rechazó
Otro de los puntos incorporados a la resolución está relacionado con la reparación económica.
Según el documento, la Toyota Hilux contaba con cobertura de Rivadavia Seguros al momento del accidente y existe además un expediente que tramita ante el 8° Juzgado Civil de San Juan, donde se dispuso un embargo preventivo sobre un inmueble vinculado a la persona jurídica titular del vehículo.
En paralelo, la defensa de Gioja había intentado alcanzar una salida alternativa mediante una conciliación.
La propuesta económica fue de USD 10.000, pero Peze López decidió rechazarla.
Al no existir acuerdo entre las partes, esa vía alternativa no prosperó.
La causa no necesariamente termina para la víctima
La decisión fiscal tampoco impide que Peze López continúe buscando una respuesta judicial.
La propia resolución establece que, ante la aplicación del criterio de oportunidad, la víctima queda habilitada para convertir la acción penal pública en una acción privada, siempre que cumpla con los requisitos establecidos por el Código Procesal Penal de San Juan.
Para hacerlo, cuenta con un plazo de 60 días desde la comunicación de la decisión fiscal.
De concretarse esa conversión, el proceso debería continuar mediante una querella y bajo las reglas correspondientes a los procesos de acción privada.
Una decisión que vuelve a poner el caso bajo la lupa
El violento choque ocurrido en 2025 había generado una fuerte repercusión por la gravedad de las lesiones sufridas por Peze López y por el vínculo familiar del conductor con el exgobernador José Luis Gioja.
Ahora, más de un año después, la Fiscalía resolvió cerrar la vía de acción penal pública mediante un criterio de oportunidad.
La decisión no constituye una absolución judicial ni un pronunciamiento de un tribunal sobre una eventual responsabilidad penal: se trata de una resolución fiscal que dispone prescindir de la acción penal pública en las condiciones establecidas por la legislación.
Mientras tanto, la víctima conserva la posibilidad de recurrir a la vía privada dentro del plazo previsto.

Comentarios