Los colegios privados de San Juan podrán aumentar hasta un 7,22% las cuotas desde agosto

La Dirección de Educación Privada autorizó el incremento mediante una nueva disposición. El porcentaje se calcula sobre la cuota de mayo y cada institución podrá aplicar un aumento menor.

La Dirección de Educación Privada de San Juan autorizó un aumento de hasta el 7,22% en los aranceles de los colegios privados, que podrá aplicarse a partir de la cuota correspondiente a agosto de 2026.

La medida quedó establecida mediante la Disposición N.º 216-DEP-2026, firmada el 10 de agosto, y alcanza a las instituciones educativas públicas de gestión privada incorporadas a la Enseñanza Oficial.

Según establece la normativa, el porcentaje máximo de incremento debe calcularse sobre el valor de la cuota correspondiente a mayo de 2026. Cada establecimiento podrá decidir aplicar un porcentaje inferior al autorizado.

Cómo se calcula el aumento

El artículo 1 de la disposición establece un incremento de hasta el 7,22% sobre el valor de la cuota de mayo, con aplicación desde agosto.

Un aspecto destacado de la normativa es que el porcentaje que una institución decida no aplicar no podrá acumularse para futuros aumentos.

La actualización está vinculada con el informe IPADEP San Juan N.º 24, correspondiente al segundo trimestre de 2026 y elaborado por el Instituto de Investigaciones Económicas y Estadísticas.

El Índice Provincial de Aranceles de Educación Privada toma en cuenta tres variables para determinar la actualización:

* La evolución de los salarios de un cargo testigo docente con antigüedad.
* El Índice de Precios al Consumidor de la Provincia de San Juan.
* El Coeficiente de Variación Salarial nacional.

Los colegios deberán informar los nuevos valores

La disposición también establece una serie de obligaciones para las instituciones educativas alcanzadas.

Hasta el 31 de agosto de 2026, los colegios deberán presentar ante la Dirección de Educación Privada una Declaración Jurada de Aranceles, tanto en formato digital como en papel.

El documento deberá incluir, entre otros datos, el valor de la cuota correspondiente a mayo, el nuevo monto luego de aplicar el incremento, la fecha en que comenzó a regir, el valor de la inscripción y la cantidad de alumnos becados.

Además, los establecimientos deberán comunicar la disposición y los nuevos valores a los padres o representantes de los estudiantes mediante los canales de comunicación que utilice cada institución.

No podrán aplicar otro aumento sin autorización

La Dirección de Educación Privada estableció expresamente que los colegios no podrán realizar nuevos aumentos de aranceles sin autorización previa del organismo.

De esta manera, el incremento de hasta el 7,22% autorizado para agosto establece el nuevo límite para las instituciones privadas alcanzadas por la normativa provincial.

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