En una sesión marcada por fuertes cruces políticos, el Senado de la Nación aprobó y convirtió en ley el proyecto de Inocencia Fiscal, una de las principales apuestas económicas del ministro Luis Caputo, que contó con el respaldo directo del presidente Javier Milei.
La votación finalizó con 43 votos afirmativos y 26 negativos. El bloque libertario logró reunir apoyos clave del PRO, la Unión Cívica Radical (UCR), senadores alineados con gobernadores provinciales y legisladores que suelen jugar de manera independiente en la Cámara alta.
En contraposición, la totalidad de la bancada kirchnerista, conducida por José Mayans, rechazó el proyecto y votó en contra. Desde ese sector advirtieron que la norma podría favorecer a contribuyentes que operaron fuera del circuito legal.
Durante el debate, el oficialismo defendió la iniciativa como una herramienta para atraer dólares, ampliar la base tributaria y reducir la litigiosidad fiscal. En tanto, desde la oposición señalaron que el esquema implica una flexibilización excesiva del control estatal.
Con la sanción de la ley, el Gobierno busca profundizar su estrategia económica y fiscal en un contexto de necesidad de divisas y regularización de fondos no declarados.
La norma introduce modificaciones sustanciales en el Régimen Penal Tributario (Ley 24.769), en la Ley de Procedimientos Fiscales (11.683) y en el Código Civil y Comercial de la Nación, además de crear un Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
No obstante, la legislación no elimina impuestos ni borra antecedentes fiscales, ni modifica la Ley de Prevención del Lavado de Activos ni las facultades de la Unidad de Información Financiera (UIF). El objetivo central es reducir la presión penal y administrativa sobre contribuyentes considerados de “buena fe” y enfocar los controles en maniobras graves y dolosas.
Uno de los ejes principales es el principio de Inocencia Fiscal, que parte de la presunción de que el contribuyente es cumplidor salvo prueba en contrario. En la práctica, esto implica que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) no podrá denunciar automáticamente ante la Justicia penal cuando las diferencias surjan de interpretaciones, cuestiones técnico-contables o presunciones sin otros elementos probatorios.
Además, la ley actualiza los montos a partir de los cuales una infracción tributaria se convierte en delito penal. El umbral de evasión simple se eleva de $1,5 millones a $100 millones, mientras que el de evasión agravada pasa de $15 millones a $1.000 millones.
Otro punto clave es la posibilidad de extinguir la acción penal: si una causa ya fue iniciada, el contribuyente podrá cerrarla abonando la totalidad de la deuda más un adicional del 50%, siempre que lo haga dentro de los 30 días. Este beneficio solo podrá utilizarse una vez por persona o empresa.
La norma también establece que, una vez prescriptas las facultades del Estado para determinar o exigir un tributo, se extingue automáticamente la persecución penal asociada. En ese marco, se fija un nuevo esquema de prescripción de tres, cinco o diez años, según el nivel de cumplimiento del contribuyente.

Comentarios